¿Se puede legalizar actividad en nave en rústico amparada en Real Decreto 2/2008 del 20 de junio?
Nave en terreno rústico en la provincia de Ciudad real, parcela de 17.000 m2, se legaliza las construcciones al ser construcción antigua, primero en el catastro y luego se hace escritura de obra nueva, con certificado del ayuntamiento de no tener expediente sancionador, se registra en el registro de la propiedad amparándose en el RD 2/2008 del 20-6 disposición transitoria 5. Se pagan los impuestos correspondientes el IBI de 4 años el IAJ y las respectivas comprobaciones de valores.
Ahora se quiere pedir licencia de apertura para almacén de frutas y el ayuntamiento dice "hagan proyecto" no cumple porque no tiene 30.000 m2 etc. Pero si esta legalizada la construcción por el Rd 2/2008 ¿Pueden negarme la licencia de apertura?