andrew

9 de enero de 2014

Comportamiento no adecuado del anterior administrador de fincas

Mi situación es la siguiente: soy presidente de una comunidad de propietarios donde el anterior propietario ha estado llevando la administración de la finca de forma gratuita al ser vecino y propietario.

Durante 4 años ha hecho caso omiso a presentar cuentas a la comunidad, diciendo a la anterior presidenta que todo iba bien, dado que todos los pagamos las cuotas.

Cuando nos dimos cuenta, el débito era de casi 5000,00 €, dinero en el que va incluido aportaciones que él ha efectuado de su bolsillo, unos 2000,00€. Ha generado comisiones por descubiertos bancarios cercano a los 600,00€, ha estado sacando dinero de la cuenta para efectuar pagos sin autorización, hemos llegado a estar sin seguro de la comunidad durante meses,.... en fin un desastre, eso si, no se ha quedado con nada.

Mi pregunta es la siguiente: ¿se le puede denunciar ante el colegio por negligencia en sus funciones durante 4 años para que por lo menos responda sobre gastos que ha de pagar la comunidad generados por mala gestión?

Muchas gracias

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Respuestas recibidas a "Comportamiento no adecuado del anterior administrador de fincas"

andrew

18 de febrero de 2014

Quiero dar las gracias a todos por las respuestas emitidas. Un cordial saludo a todos

Respuesta de usuario

PABLO FERNANDEZ...

18 de febrero de 2014

Gestión 95

Si no es colegiado como vas a denunciarlo en el colegio.-

Si además a puesto dinero de su bolsillo,debia haber convocado una reunión urgente para aumentar cuotas o derramas necesarias.-

A parte que creo ha sido un negado en la gestión, no parace la mala fe. ¿Que reclamarle?, si los gastos son correctos y encima a adelantado dinero de su bolsillo pues a darle las gracias.-

Espero la expereiencia sirva para no dejar la gestión en manos de vecinos, normalmente termina siempre mal y un Administrador Colegiado cobra poquito por vecino, merece la pena, de verdad.-

www.gestion95.es

Respuesta de profesional

TOVAR ABOGADOS

11 de enero de 2014

Tovar Abogados Valencia

Buenas tardes Andrew:

Si es Administrador de Fincas Colegiado poco cuesta presentar un escrito de queja ante su Colegio Profesional si bien en la práctica no va a servir para mucho (llevamos en el despacho un asunto similar).

Siendo un profesional se puede hablar de mala praxis, actuación no conforme con la "lex artis", culpa y/o negligencia.

Tanto en vía Civil como en la Penal siempre que pueda demostrarse mediante los movimientos bancarios y restante documentación los hechos, estoy seguro que la Comunidad de Propietarios ganará el procedimiento aunque como hemos dicho es siempre mejor que lleguen a un acuerdo amistoso con él.

Saludos cordiales.

Tovar Abogados

www.tovarabogados.es

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Respuesta de profesional

andrew

11 de enero de 2014

Hola de nuevo, soy Andrew el consultante, en la pregunta cometí un error de información al indicar al principio lo de "donde el anterior propietario..." debía decir "donde el anterior administrador" ya que aparte de ser vecino y propietario es administrador de fincas del colegio de madrid. tan solo esa aclaración y realmente agradecidos pos sus respuestas

Respuesta de usuario

TOVAR ABOGADOS

10 de enero de 2014

Tovar Abogados Valencia

Buenas tardes de nuevo:

Al hilo del último comentario de mi compañero, entiendo que el Administrador sí se ha quedado con dinero cuando dejó a la Comunidad de Propietarios sin el dinero que era para el seguro y lo desvió aunque luego lo repusiera (no lo dice claro el consultante). Se puede considerar también el ilícito penal de Apropiación indebida.

Entiendo también que hay mala fe y ánimo de lucro. También engaño antecedente bastante y causante propios de la Estafa con un perjuicio patrimonial que es los intereses etc por los descubiertos bancarios.

Coincido con mis compañeros que han contestado en primer lugar en que el asunto se puede llevar por vía Civil o Penal y después de más de 20 años de experiencia en asuntos similares, la vía Penal es más rápida y expeditiva siempre que no se llegue a un acuerdo amistoso que sería lo mejor.

Hablar de "mala práxis" en un copropietario que no es un Administrador de Fincas profesional a mi modo de ver no es adecuado.

Las malas práxis se atribuyen a los profesionales. Las denuncias y querellas son términos propios de la vía Penal en la vía Civil son demandas

Saludos cordiales.

Tovar Abogados

www.tovarabogados.es

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Respuesta de profesional

David Guerra

10 de enero de 2014

Abogado David Guerra

Buenas tardes Andrew,

Sí se podría llegar a denunciar por mala gestión. Es importante en las comunidades de propietarios que, cualquier gestión o actuación, debe ser comunicada y reflejada en el acta de la comunidad.

En este caso recomiendo denuncia juzgados, pero via civil. Dado que no se ha quedado con dinero, no podemos decir que ha habido apropiación indebida. Sencillamente ha habido una mala praxis en las funciones de su cargo. La Comunidad no tiene porqué asumir las consecuencias de esta mala praxis y, por tanto, se le puede reclamar importes por daños y perjuicios, por vía civil.

No obstante, antes de denunciar, recomiendo hablar con la persona para intentar llegar a un acuerdo amistoso.

Cordialmente,

David Guerra

Abogado

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Respuesta de profesional

TOVAR ABOGADOS

10 de enero de 2014

Tovar Abogados Valencia

Estimado Andrew:

Lo mejor sería llegar a un acuerdo amistoso con este señor pero si ello no es posible, una queja ante el Colegio de Administradores no irá a ningún sitio ya que el mismo no es Administrador de Fincas Colegiado y la Ley de Propiedad Horizontal faculta que el cargo de Administrador lo desempeñe un copropietario.

En caso de no llegar a un acuerdo, la vía más rápida y mejor para cobrar es la Penal ya que al menos hay indicios de los delitos de Estafa y Apropiación indebida.

En opinión del despacho y por experiencia, cuando se solicitan penas de prisión en vía Penal los deudores pagan antes que en vía Civil ante el "miedo" a ser condenados, amén de que según lo describe sin duda puede haber cometido al menos dos o más delitos.

Reciba un cordial saludo.

Tovar Abogados (Valencia)

Respuesta de profesional

José María Palomo...

10 de enero de 2014

Larios Abogados

Estimado consultante,

En estos casos se pueden iniciar acciones por vía civil o penal. Para ir por vía penal es necesario acreditar que ha existido intención de defraudar. Por lo que cuenta, este no es el caso, de modo que nos quedaría la vía civil para exigir responsabilidades por negligencia. A modo de consejo, decirle que esta es la mejor vía. La queja ante el Colegio profesional no va a ir a ningún lado, porque se interpone frente a un administrador y su queja la resuelven otros administradores, es decir, por compañeros suyos.

Quedamos a su entera disposición en www.lariosabogados.es para cuanto necesite.

Reciba un cordial saludo

Respuesta de profesional

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