ferminlobo

19 de septiembre de 2012

¿Me pueden embargar el 100% de la prestación?

Tengo la prestación embargada por un cobro indevido. Hice un escrito para que me quitaran un 30% y me lo han denegado, ¿es legal que me dejen sin cobrar nada pese que em mi casa solo entra la baja de mi mujer de 390E?

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Respuestas recibidas a "¿Me pueden embargar el 100% de la prestación?"

Pedro González...

26 de abril de 2013

Pedro González Felipe

Totalmente de acuerdo con los comentarios anteriores. La única excepción limite de salario mínimo interprofesional, son las deudas derivadas de procedimientos de derecho de familia (pensiones compensatorias entre cónyuges o de alimentos en favor de los hijos).

Respuesta de profesional

José-Alfredo...

25 de abril de 2013

Calvo y Riquelme Abogados Sociedad Civil

Resulta de aplicación el artº 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que determina que es inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, que no exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional, cifrado a esta fecha, que lo cifra, para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, 21,51 euros/día o 645,30 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses, según establece el Real Decreto 1717/2012, de 28 de diciembre.

A mi juicio, bastaría con poner de manifiesto ante el órgano embargante esta circunstancia; si no ha sido admitido su escrito, como manifiesta, será lo pertinente que se persone Vd. con asistencia letrada para hacer valer sus derechos. Esta designación, si carece de bienes suficientes para sufragar sus honorarios, podrá obtenerla solicitando el beneficio de justicia gratuita, a cuyo fin, podrá comparecer ante el Servicio de Orientación Jurídica o Colegio de Abogados de su localidad.

Respuesta de profesional

SERGI SANTACANA JUAN

25 de abril de 2013

S&N Assessors

Coincido con mis compañeros pero cabe establecer una excepción: cuando los embargos lo son por pensiones de alimentos debidos a los hijos. En tal caso, no hay límite para el embargo.

Respuesta de profesional

JUAN SEGURA LOPEZ

25 de abril de 2013

ABOGADOS.EU.COM - Tu abogado por 10 € al mes*

Tal y como comenta nuestro compañero, los ingresos inferiores al salario mínimo interprofesional son inembargables.

Si lo desea, contacte con nosotros y le ayudaremos en este asunto.

Un saludo,

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Respuesta de profesional

pedro100

25 de abril de 2013

Gonzalez Torres Abogados

Tericamente no le puedenembargar el Salario Minimo Interprofesional. Y de lo que excede solo el 30%.

Puede ir a juicio, pero va a tardar mas que el embargo.

Respuesta de profesional

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