Buenas tardes,
La demanda contenciosa tiene que presentarla, con asistencia de abogado y procurador, ante los Juzgados españoles del lugar de su último domicilio común.
La legislación que se les aplica es la marroquí en vigor en el momento de contraer matrimonio.
Si esta no regula todo, se aplicaría la que Vds. acuerden (marroquí o española) y, si no alcanzan ningún acuerdo, la del lugar de residencia (artículo 9 del Código Civil español).
Le ruego que tenga en cuenta que en España hay Comunidades que tienen su propia legislación en materia de divorcios.
Esperamos haber respondido a su consulta y, no dude en ponerse en contacto con nosotros si desea que le tramitemos el divorcio.
Solicitenos presupuesto económico sin compromiso. Nuestro teléfono es -; movil: - o e-mail: -.
Estamos a su disposición.
Un saludo,
Ana Lizano
Abogada matrimonialista