Buenas tardes,
Sí, la instalación de ascensor podrá ser aprobada por la mayoría de propietarios siempre que cuenten con la mayoría de cuotas de participación. Y sólo cuentan los votos de quienes estén al corriente en los pagos de Comunidad.
En su caso concreto dependerá de si los propietarios de bajos y primeros están al corriente en los pagos. Si lo están, y votan en contra los 5, será necesario el voto a favor de otros 6 propietarios (si es que los hay) que estén al día en los pagos con la Comunidad.
De lo contrario, se podría pactar por mayoría (no precisa unanimidad en este caso) algún acuerdo razonable, tal como exonerar a los propietarios de bajos de contribuir a la instalación y sostenimiento del ascensor, para así obtener el apoyo de los propietarios de los bajos.
Cualquier cuestión no dude en consultárnosla.