En términos generales esas valoraciones son las publicadas para liquidar impuestos como en este caso de herencia. Solían y suelen ser valores muy bajos y muy por debajo del valor real de mercado, pero desde la crisis se dan muchos casos en que sus valores son mayores que los del valor de mercado real por no haberse actualizado.
No obstante hay que tener en cuenta que solo sirven para liquidación de impuestos (estén bien calculados o mal calculados), y conviene advertir que no deberían usarse esos valores para otros fines.
Por otro lado a veces ocurre que no están bien calculados (por mala aplicación de su propio método o por usar como referencia datos externos mal calculados de por si, como por ejemplo Intensidades de Cultivo catastrales mal aplicadas u otros).
En ambos casos su valor a veces aumenta considerablemente provocando que la liquidación del impuesto de transmisiones sea inasumible por los herederos.
Todos los valores y metodología deben estar publicados mediante decreto y para facilitar el trámite muchas CCAA tiene su programa de cálculo, pero lo que el programa no calcula o no lo hace de manera directa hay que hacerlo a mano atendiendo al método publicado.
Conviene por tanto que sea un técnico capacitado quien se encargue de revisarlos y sobre todo compruebe que el método y los valores de referencia están correctamente aplicados y en caso de detectar errores realizar una contra valoración bien justificada ante la Consejería de Hacienda de esa Comunidad Autónoma y solicitar la rectificación de valores propuesta.
Le dejo mis datos de contacto por si desea más información o ayuda.
Pedro E. Fuster Villa
Ingeniero Técnico Agrícola. Col 1.593 COITARM
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