anamrb

6 de marzo de 2015

Administrador de fincas que crea conflictos

Hola, llevamos 4 años de peleas vecinales con la instalación de un ascensor en una finca de 20 viviendas.

El administrador animó a poner un ascensor en una finca que no tiene prácticamente espacio para ello. Aunque el proyecto puede ser viable, pica las paredes de 8 vecinos, modifica la estructura del edificio y la forja. El ascensor resultante sólo sirve para que entre una persona de pie, ya que no cabe silla de ruedas, ni acompañante para ella. 7 pisos estamos totalmente en contra, ya que el arquitecto anterior del ayuntamiento nos dijo que podrían aparecer grietas o problemas mayores, el actual arquitecto dice que podría ser viable y se desentiende del asunto. 13 pisos están de acuerdo en hacerlo y de estos 13 uno no paga las cuotas.

Estamos el bloque entero con los nervios de punta, hay un clima irrespirable porque hay personas tanto que lo quieren como que no lo quieren de todas las plantas, incluso con sillas de ruedas que no los quieren.

Hay humedades en muros de carga, fachada casi sin ladrillos, y todas las plantas sin pintarse porque se ha decretado que no se hace nada hasta que no se ponga el ascensor.

El administrador de forma poco transparente alienta a los que quieren el ascensor diciéndoles que la vivienda adquirirá mayor valor, y admitió en una reunión que él se llevaba una comisión por la instalación y esto creemos que le mueve a actuar de esta forma.

¿Podrían darnos un poco de luz en este asunto? Gracias

SERVICIOS CITISERVI

Hasta 3 presupuestos de administradores de comunidades

Respuestas recibidas a "Administrador de fincas que crea conflictos"

anamrb

10 de marzo de 2015

Muchismas gracias, por lo menos nos iremos haciendo a la idea, confiamos en que cuando vengan a valorar el dar la licencia de obra, técnicos del ayuntamiento vean el estado del edificio, y nos digan lo que más convenga al edificio, que al fin y al cabo es en el que podemos vivir.

Respuesta de usuario

Raquel Baños Pérez

10 de marzo de 2015

Taillafert Baños Abogados

Buenas tardes: coincido con mi compañera. Se requiere la mayoría de votos para aprobar la obra de colocación del ascensor. No obstante, si el grupo de vecinos opina que este ascensor puede acarrerar daños o bien no va a tener la utilidad o finalidad propia, or espacio, pueden impugnar el acuerdo y someterlo a decisión judicial. Un saludo. www.tbabogados.es

Respuesta de profesional

Begoña Turiel Vara

10 de marzo de 2015

Talón Turiel Abogados

Buenos días:

Buenos días.

En relación a la consulta que usted nos ha remitido, indicarle que tras la modificación realizada a la Ley de Propiedad Horizontal por Ley 8/2013, se estableció respecto a los acuerdos de la Junta de Propietarios, que: “Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 10.1 b), la realización de obras o el establecimiento de nuevos servicios comunes que tengan por finalidad la supresión de barreras arquitectónicas que dificulten el acceso o movilidad de personas con discapacidad y, en todo caso, el establecimiento de los servicios de ascensor, incluso cuando impliquen la modificación del título constitutivo, o de los estatutos, requerirá el voto favorable de la mayoría de los propietarios, que, a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación”.

Por ello, bastaría para alcanzar dicho acuerdo que votasen a favor once vecinos que representen al menos la mitad de las cuotas de participación.

Podría discutirse si esa modificación de la que nos habla sobre la estructura del edificio y la forja llega hasta tales extremos como para requerir una mayoría más cualificada, pero en principio parece poco probable.

Por lo tanto, si finalmente prospera ese acuerdo, la única solución que les queda es la impugnación judicial del mismo en vía judicial, en los tres supuestos tasados por la Ley como motivos fundados para hacerlo:

1. Cuando sean contrarios a la ley o a los estatutos de la comunidad de propietarios.

2. Cuando resulten gravemente lesivos para los intereses de la propia comunidad en beneficio de uno o varios propietarios.

3. Cuando supongan un grave perjuicio para algún propietario que no tenga obligación jurídica de soportarlo o se hayan adoptado con abuso de derecho.

La existencia o no de uno de estos motivos, habría de acreditarse en el juicio.

Por ello, nuestra recomendación es que llegado el día en el que se convoque la Junta de Propietarios para adoptar el acuerdo, voten en contra del mismo los vecinos que estén en desacuerdo, delegando el voto aquellos que no puedan acudir a favor de otros que asistan. Después de celebrada la Junta, tendrán tres meses para impugnar el acuerdo ante los juzgados.

En su consulta hablan ustedes de que tienen vecinos en silla de ruedas, por lo que si pudiesen demostrar que dichas obras para la instalación perjudican las condiciones de accesibilidad de la finca para ellos, la impugnación del acuerdo podría ser viable, ya que, precisamente, una de las claves de la reforma de 2013 de la LPH residía en la protección de los derechos de vecinos con discapacidad.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Respuesta de profesional

anamrb

10 de marzo de 2015

Pero si toca y tranforma forja y toda la estructura del edificio, ademas de dificultar el paso de los vecinos, no decesita el permiso de todos ellos?

Además de que creo que los vecinos que no quisieran ascensor no tendrían que pagarlo, han puesto uno similar, con la firma para permitirlo de todos para permitir que se haga, pero con otra firma adicional para los que lo van a pagar.

Respuesta de usuario

Bárbara Benítez...

10 de marzo de 2015

Bárbara Benítez - Abogada

Buenos días:

Por lo que me comentas existe el quórum suficiente para que se proceda a la instalación del ascensor, siempre y cuando todos los pisos tengan la misma cuota de participación.

Lamento deciros que poco podéis hacer contra esta situación, salvo solicitar otros presupuestos a fin de intentar que esos "intereses" por parte de terceros queden al margen e intenten desanimar al administrador en su campaña en pro del ascensor.

Un saludo, gracias.

Respuesta de profesional

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