En primer lugar se embarga el metálico, por lo que preferentemente le embargarán el salario. Si con eso no se cubre la deuda, le pueden embargar la vivienda, y si usted la alquila le pueden embargar las rentas cobradas de alquiler.
Dice que es una condena subsidiaria, por lo que para evitarlo tiene que cumplir la condena principal, y así esta no se ejecutrará. Si no lo hace, la mejor solución sería llegar a un acuerdo amistoso con la otra parte y pactar el pago de una cantidad mensual hasta el completo pago, o incluso intentar una rebaja en la cantidad a pagar. Un saludo