LUIS ALEJANDRO LUZ LOPEZ

30 de octubre de 2012

Evitar sanción por no pagar la retención

Fuimos constituidos como sociedad sin ánimo de lucro, nos cobraron alquileres durante el año 2011 y 2012. Nunca hemos pagado la retención en la fuente. ¿Se puede pedir aplazamiento del pago? ¿se puede hacer por cuotas?

Queremos pagar las retenciones debidas, pero quisiéramos saber si lo podemos hacer a plazos y cual es la sanción?

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Respuestas recibidas a "Evitar sanción por no pagar la retención"

JUAN CARLOS

18 de febrero de 2014

Juan Carlos García Del Barbo Sánchez

No podrás aplazar la deuda tributaria al estar vencida y la sanción dependerá de la forma de regularizar la situación tributaria e incumplimientos acontecidos.

Respuesta de profesional

Macarena Perona

25 de abril de 2013

EDL abogados

Bueno días,

en primer lugar queremos agradecerte la confianza depositada en nosotros www.edlabogados.com y que si tienes alguna duda podemos concertar una cita o incluso por mail si le parece mejor.

en contestación a tu pregunta decirte que necesitamos más información, por ejemplo que tipo de sociedad sin animo de lucro asociación, fundación, o cualquier otra, por otro lado, siempre las obligaciones fiscales pueden ser fraccionadas si así se solicitan y en caso de que os notifiquen sanciones o requerimientos de apremio deberíamos esperar a que llegara la propia notificación. por lo tanto si puedes debes informarnos de más detalles.

atentamente EDL ABOGADOS.

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Respuesta de profesional

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