crazy35

25 de agosto de 2014

Despido por falta muy grave

He tenido un altercado con mi jefe, que empezó a gritarme y faltarme al respeto, y tras mi impotencia le respondí con malas maneras. Ahora estoy en tratamiento por ansiedad, el médico quería darme la baja, pero he preferido arreglarlo para irme, porque no me encuentro con más fuerzas para volver. Ellos por su parte me han hecho un despido por falta muy grave, al que me niego a firmar. Su gestor me ha dicho que es la única manera de cobrar el subsidio y desvincularme de la empresa, ¿qué hago?... no entiendo nada y estoy cada vez peor.

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Respuestas recibidas a "Despido por falta muy grave"

ALEXANDRA CÁRCAMO...

8 de septiembre de 2014

BEST LAW, Departamento legal de JAC CONSULTING

Buenos días,

De acuerdo a lo indicado, debiendo reclamar en plazo, y en caso de que se encuentre por nuestra zona(Lleida), le ofrecemos y recomendamos que se ponga en contacto con nosotros, llamando, lo antes posible, al -. Saludos.

Respuesta de profesional

aaragones-zaragoza

8 de septiembre de 2014

Azadvocats - Ángela Aragonés Zaragoza

Buenos días.

Firma la carta escribiendo " no conforme ". Luego, en el plazo de 20 días, puedes impugnar el despido. Dependiendo de cómo esté redactada la carta de despido y de los hechos acaecidos, el despido puede que sea improcedente. Lo que conlleva el pago de una indemnización, a su favor, de 45/33 días por año de servicio, que se calcula en función de su antigüedad y el salario diario.

Para impugnar el despido, le recomendamos nos llame lo antes posible, antes de que transcurra el plazo dispuesto para ello.

Puede ponerse en contacto con nosotros llamando al -. Saludos.

www.azadvocats.es

Respuesta de profesional

Juan Carlos

5 de septiembre de 2014

Laudo Asesoría laboral

Con la carta de despido puedes ir a solicitar el desempleo y a la vez puedes impugnar el despido en el plazo de 20 días desde que se ha producido. La empresa es la que tiene que ACREDITAR que los hechos que se relatan en la Carta de Despido son ciertos. No obstante, no toda "mala contestación" es susceptible de un despido válido.

Respuesta de profesional

SERGI SANTACANA JUAN

5 de septiembre de 2014

S&N Assessors

Puede firmar la carta siempre y cuando añada de su puño y letra "no conforme". También debe asegurarse de que la fecha que consta en la carta es la actual. Despues, le recomiendo que lleve la carta a un abogado laboralista de su zona para que estudie si procede impugnarla, lo cual es batante posible. El empresario es quién deberá demostrar que los hechos son ciertos.

Respuesta de profesional

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