maria

26 de agosto de 2011

Hola, ¿tiene alguna ventaja hacer separacion de bienes si eres administrador de una empresa?

Hola, como administradora de una empresa, quería saber si es mejor tener separación de bienes en el matrimonio por si algún día va mal la empresa, y que solo responda con la parte de mis bienes. Por ejemplo, si la casa está a nombre de los dos, solo responderia con la mitad de la casa.

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Respuestas recibidas a "Hola, ¿tiene alguna ventaja hacer separacion de bienes si eres administrador de una empresa?"

Antonio Ucha

29 de agosto de 2011

UCHA Abogados

Estimada María:

Si el régimen económico que rige entre los cónyuges es el de separación de bienes se facilitan bastante las cosas, pues este régimen impide “mezclar” aspectos empresariales y familiares, deudas de la empresa y deudas de la familia.

Los beneficios de la empresa son privativos del empresario, y de las deudas sólo responden tales bienes privativos –incluidos, por supuesto, los ajenos a la actividad empresarial-.

La interferencia entre la empresa y los cónyuges es mínima: en virtud de lo establecido en el art. 1441 del CC se presumirán comunes los bienes cuya condición privativa no conste expresamente, y por otro lado, si se declara un cónyuge en concurso se presume, salvo prueba en contrario, que fueron en su mitad donados por él los bienes adquiridos a título oneroso por el otro durante el año anterior a la declaración de concurso –arts. 1442 del CC y 78 de la Ley concursal-.

Como ventaja también puede contabilizarse que, al estar separados los patrimonios de los cónyuges, si la empresa atraviesa problemas económicos el patrimonio del otro cónyuge se mantendrá intacto.

Ahora bien, también tienen que valorar, en el supuesto de que hubiese una crisis matrimonial que conlleve el divorcio, cómo van a quedar ambos cónyuges a nivel económico, así por ejemplo en el supuesto de que la empresa vaya bien desde el punto de vista económico, y el otro cónyuge esté en paro o tenga un trabajo temporal o escasamente remunerado, sin duda el régimen de separación de bienes beneficiaría al cónyuge empresario y el de bienes gananciales al cónyuge no empresario, ya que en este último supuesto todo el patrimonio final se dividiría entre los dos al 50%, y sin embargo, si se está en separación de bienes, cada uno obtendría lo que hubiese producido con sus bienes de forma íntegra. Y a la inversa, si la empresa va mal y tiene varias deudas, y el otro cónyuge tiene algún ingreso, la separación de bienes le beneficiaría al cónyuge no empresario, ya que no tendría que responder con sus bienes por la mala fortuna o administración de su cónyuge empresario.

Atentamente,

Antonio.

Si tiene alguna duda al respecto, me puede llamar por teléfono o concertar una cita presencial en el despacho de forma GRATUITA.

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